SDP LEX
Servicio > Tramitación de Entidades
Servicio para la gestión del Convenio entre CGAE, UNESPA y TIREA, que establece el marco de colaboración adecuado para que abogados y Entidades Aseguradoras, de forma voluntaria, puedan realizar comunicaciones por vía electrónica para la gestión de reclamaciones derivadas de daños personales que sean consecuencia de accidentes de circulación.

Diseñado para atender
a las funcionalidades
Alta de reclamación por parte de los letrados.
Gestión de las reclamaciones a través de la mensajería definida en las normas del procedimiento del servicio.
Generación automática de acuses de recibo de los principales hitos de la reclamación:
- Altas
- Ofertas Motivadas
- Respuestas Motivadas
Obtención de certificados de la mensajera/documentación intercambiada en la tramitación de las reclamaciones.
Tipos de
gestión
Gestión Web
- Acceso mediante usuario y contraseña.
- No es necesario ningún tipo de desarrollo por parte de la Entidad.
Gestión Batch
- Acceso controlado por IP y clave de acceso.
- Es necesario un desarrollo por parte de la Entidad.
¿Cuándo lo usaremos?
El ámbito de aplicación se circunscribe a los accidentes de circulación con daños personales regulados en el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por R.D. 8/2004, de 29 de octubre (en adelante LRCSCVM).

Artículo 7.1
La obligación, con carácter previo a la interposición de la demanda judicial, de comunicar el siniestro al asegurador, pidiendo la indemnización que corresponda.
Artículo 7.8
No se admitirá a trámite las demandas en las que no se acompañen los documentos que acrediten la presentación de la reclamación al asegurador y a la oferta o respuesta motiva, si se hubiera emitido por el asegurador.